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Marisol Cabascango es madre de Julio, un niño de once años que padece de leucemia linfoblástica aguda (cáncer a la sangre). En diez meses las quimioterapias y la atención médica le han costado cerca de $ 12 mil, de los cuales ha podido pagar por donaciones de empresas y de familiares $ 8 mil, aún adeuda $ 4 mil y el tratamiento debe continuar dos años más.
Cuenta que llevó a su hijo del hospital Eugenio Espejo a la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (Solca) porque no disponía de dinero para pagar de forma inmediata los medicamentos que le mandaban a comprar afuera “porque el hospital no los dona”, y en Solca “de forma humanitaria me dan la posibilidad de cancelar por partes”.
Cabascango cuenta que “Solca me ha ayudado mucho, pero sé que esta es una deuda para toda la vida porque no he podido pagar ni la primera parte del tratamiento y mi hijo tiene que continuar durante dos años más. El hospital donde fui al principio era público, pero por falta de recursos envían a los pacientes a comprar afuera los medicamentos que son muy costosos, por eso fui a Solca”.
El artículo 50 del proyecto de nueva Constitución prevé la ayuda que el país puede dar para este tipo de casos: “El Estado garantizará a toda persona que sufra de enfermedades catastróficas o de alta complejidad el derecho a la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente”.
Según María Molina, asambleísta de la mesa de Derechos y doctora (del movimiento gobiernista PAIS), este artículo beneficia a todas las personas que sufran de diabetes terminal, insuficiencia cardiaca o renal, parálisis, enfermedades cerebro vasculares, SIDA, cáncer, enfermedades degenerativas, infartos, entre otros. “Son todas aquellas enfermedades que demandan costos elevados. Hay gente que muere por no tener posibilidad de pagar”, señala Molina.
La asambleísta de Cañar dice que con el precepto constitucional el Estado deberá dotar de los instrumentos necesarios para diálisis o quimioterapias, por ejemplo, a los hospitales en general, a fin de que no solo los centros de tercer nivel cuenten con todos los equipos.
Sostiene que la garantía para que esto no quede en letra muerta está en el mismo proyecto constitucional, ya que, según la disposición vigésimo segunda: “El Presupuesto General del Estado destinado al financiamiento del sistema nacional de salud se incrementará cada año en un porcentaje no inferior al 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB), hasta alcanzar al menos el 4%”. El PIB es una cuestión mucho más seria y firme, agrega Molina.
Sin embargo, Plutarco Naranjo, ex ministro de Salud, sostiene que es una “ligereza” afirmar que con ese porcentaje está garantizada esa atención porque esa proporción de la riqueza del país se destinará para todo el “sistema nacional de salud”, no específicamente para las denominadas “enfermedades catastróficas”.
“Que el Estado debe proteger y dar toda la atención posible está muy bien como enunciado, pero en la práctica no tiene los recursos suficientes para atender cosas más simples y comunes”, expresa Naranjo.
Además, el concepto de enfermedades catastróficas es “relativo” porque no hay un término reconocido por instituciones internacionales para que se sepa en el mundo qué son ese tipo de enfermedades.